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GALICIA| Sentencia a revolta
Noticias General

17_12_09Sra. Alcaldesa

 

J.... L...... ........... ........, concejal representante de VIPS (Veciños Independentes Por Sanxenxo) en la Corporación, expone:

 

Hace unos 18 meses surgió un problema vecinal, constatado públicamente a través de varios medios de comunicación, televisión incluida, el problema llevó a englobar a mas de 280 vecinos de la parroquia de Noalla, concretamente del lugar del “A Revolta” y “Fonte de Ons”, (con sus firmas entre los documentos que componen el acta realizada en la notaria de de nuestra Villa, el 16 de septiembre de 2008), siendo el motivo que exponen el que haremos figurar mas abajo; se debe hacer saber que la protesta de dichos vecinos es el sentir general de la zona; los mayores de lugar participan de la misma forma de pensar.

 

A continuación exponemos el motivo** que llevó a la creación de la denominada: “ASOCIACIÓN DE AFECTADOS CAMIÑO DA FONTE O ANTIGUAMENTE ABERTA DE LORES”.

 

** “ARTICULO 3º.- La existencia de esta asociación tiene como fin la defensa del “CAMIÑO DA PONTE”, camino de uso público que conduce desde tiempos inmemoriales a la gente de A Revolta, hasta el río y fuente del pueblo, y que acaba de ser cerrado (decían en aquella fecha), de forma ilegal e ilícita por un particular. ARTICULO 4º.- Para el cumplimiento de estos fines se procederá a ejercitar todas las acciones legales y judiciales que procedan en derecho.”

 

Realmente lo que sienten los vecinos de A Revolta, es que el Ayuntamiento les dejó desamparados al no defender lo que consideran un camino público municipal (en pleno uso por los vecinos, nunca abandonado), y como tal, quien debe, primeramente defender sus propiedades de la posibilidad de ser embutidas en los predios lindantes, y de ser necesario ante los tribunales de Justicia.

 

Al verse desamparados por quien gobierna nuestro concello, los vecinos han tenido que constituirse en asociación y acudir ante la justicia denunciando los hechos que siguen:

 

1º. Por escrito de 5 de junio de 2008 R. C. M. formuló ante el concello de Sanxenxo una solicitud de licencia para la construcción de un cierre en una finca de su propiedad de A Revolta-Noalla. En el Proyecto presentado junto con esa solicitud fijaba una logitud total de 25,80 metros de muro.

 

2º Por acuerdo de 21 de julio de 2008, el concello le concedió licencia para el cerramiento de la finca, haciéndolo para 26 metros exactamente, en lugar de los 25,80 solicitados. Algo inaudito si se tiene en cuenta que los 25,80 es el largo de la finca, por ello la solicitud inicial de los 25,80 m

 

3º En dos escritos formulados por el presidente de la asociación de Afectados “Camiño da Fonte” le solicita al concello acceso a los expedientes administrativos referentes a dicha construcción. A lo que se le pone a disposición el contenido del expediente Nº 463/08 sobre la concesión de la licencia el día 13.08.08 y el resto el 07 de noviembre de 2008

 

4º Por acuerdo de 18 de agosto de 2008 incoó a la promotora de las obras un expediente de restitución de la legalidad urbanística, que terminó archivándose el 21 de noviembre del mismo año. Ante ello la asociación formuló recurso en vía administrativa, que no ha recibido respuesta.

 

5º. En una nueva solicitud, Luis P. C., solicita licencia que ampare además del muro de cerramiento ya descrito, la construcción de un muro de piedra de 1,21 metros de largo, que cierra el camino en el otro extremo. Expediente que fue archivado por resolución de 26 de diciembre de 2008.

 

6º. En un nuevo acuerdo de 23 de noviembre de 2008 la alcaldía incoa a Doña R. C. otro expediente de restitución de la legalidad urbanística por la ejecución de un muro de piedra de 1,21 metros de largo, que cierra el camino, o sea prolongando su muro de piedra, de los 26 metros concedidos inicialmente, a 27,21 metros y otro de hormigón de 1,70 metros de largo, que suponemos que es el que ciega el otro extremo del camino.

 

Por todo lo anterior , y puesto que en la actualidad el camino se encuentra cerrado en ambos extremos, no sabemos y a través de nueva licencia, pues no consta cartel de obra, y dada la sentencia que se ha producido , en la que instan al concello (en una estimación parcial de la demanda), a lo que reproduce el FALLO del JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NÚMERO TRES DE PONTEVEDRA, a través de La Magistrada titular del mismo, Doña Maria Dolores López López, y que reproducimos:

 

“Estimo parcialmente el recurso contencioso administrativo interpuesto por la asociación de Veciños Camiño da Fonte frente al Concello de Sanxenxo seguido como proceso ordinario nº 327/08 contra el acuerdo de la Presidencia de su Xerencia Municipal de Urbanismo (Se refiere a la Alcaldesa), de 21 de julio de 2008, que concedía a Rocío C.M. licencia para la construcción de un cerramento de finca de 26 metros de longitud formado por perpiaño de granito en A Revolta-Noalla.

 

Condeno al Concello de Sanxenxo a rectificar esa licencia debiendo considerarla concedida únicamente para la construcción del mismo muro de una longitud de 25,80 metros, así como a modificar la cesión de viales a que viene condicionada esa longitud máxima (en idéntica longitud), y a notificar esa rectificación a la titular de la licencia en un plazo máximo de un mes desde la notificación de esta sentencia.

 

Todo ello sin pronunciamiento de costas.”

 

Desde VIPS instamos a la alcaldía, y resto del grupo de gobierno, a que recuperen el vial por el cual siempre discurrió la vida de los vecinos, el cual entendemos que es un bien de dominio público, y por lo tanto de titularidad pública, que reduce la distancia entre las dos vías principales “paralelas” entre sí. Vial que según los vecinos, nunca fue parte de dicha finca, y que de haberlo sido, hace mas de cien años.

 

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