MOCIÓN

 
EN CUMPLIMIENTO DE LA LEY PARA LA DEFENSA DE LO PÚBLICO
 

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 
Los caminos vecinales de nuestro municipio forman parte de una red sobre la que históricamente se desarrollaban los intercambios comerciales y culturales con el resto de municipios vecinos. Hoy en día, y aunque han perdido gran parte de esa función, constituyen un rico patrimonio que debe servir como soporte para las nuevas demandas de la sociedad actual.
 
Es por ello que desde el Ayuntamiento, y en cumplimiento del mandato legal que asigna a los municipios la titularidad de los caminos públicos y la obligación inexcusable de su custodia y conservación, se debe dar cumplimiento a dicho mandato; y más teniendo en cuenta el compromiso ineludible que todos adquirimos de cumplir y hacer cumplir la ley.
 
Existe multitud de reglamentos, leyes, sentencias,… que amparan y nos obligan a ello. Entre otras, cabría destacar: El Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 junio 1986, la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local de 2 de abril, la Ley 4/99 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, la Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas, el Real Decreto Legislativo 2/2004 de la ley Reguladora de Haciendas Locales, el Decreto 18/2006 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, entre otras. Todas ellas son de obligado cumplimiento por parte de nuestra administración local, según sentencia del Tribunal Supremo de 6 de junio de 1990 y según el artículo 70 del Reglamento de Bienes.
 
El máximo exponente de nuestra legislación, la Constitución Española de 1978 protege nuestro derecho al libre tránsito y al acceso al medio ambiente; además, prohíbe, según los artículos 19, 33, 43, 45, 46 y 132 que se nos vulneren dichos derechos..
 
En la legislatura anterior se tomaron numerosos acuerdos plenarios relativos a la defensa de los caminos públicos que no han llegado a ser cumplidos; se han dictado interdictos, como el bando de fecha 13 de noviembre de 2009, basado en el acuerdo plenario de 08 de enero de 2009 por el que se daba un plazo de 6 meses a los propietarios colindantes que hubieran usurpado caminos públicos de titularidad municipal para desocupar dichos caminos .Bando que a día de hoy sigue sin cumplirse.
 
De fecha 26-Junio-2008 existe un informe del Congreso de los Diputados en el que; la Comisión de Peticiones del Congreso de los Diputados, en su sesión de 24 de Junio de 2008, adopto lo siguiente:
 
Expte; 280/000419/0000
Objeto; Solicitud de que por parte del Ayuntamiento de Posadas (Córdoba) se proceda a la recuperación de los más de 134 caminos públicos existentes en el término municipal y se abran al paso los cortados ilegalmente.
Acuerdo, Trasladar a la Diputación de Córdoba y al Ayuntamiento de Posadas.
 
 
Petición del Congreso de los Diputados que a día de hoy sigue sin tener respuesta por parte del Ayuntamiento de Posadas.
 
Otro compromiso adquirido por este Ayuntamiento, es el programa de actuación 2.4, contemplado en la Agenda 21, y denominado inventario de caminos municipales, con código 241 y prioridad alta.
Destacar que el Ayuntamiento se comprometió como objetivos prioritarios en completar el inventario actual con aquellos caminos de propiedad municipal que no aparecen en el Registro de la Propiedad , también a continuar los trámites legales correspondientes, una vez este completado dicho inventario, así como a la señalización de caminos y/o adecuación de aquellos en los que la misma sea necesaria.
No debemos olvidar que la agenda 21 reconoce como agentes implicados el Ayuntamiento de Posadas y los colectivos locales y un tiempo para realizar dichas actuaciones de 0 a 2 años.
Recordar que desde su aprobación en 2005, ya han pasado más de 7 años, y no se hecho nada con respecto a nuestros caminos públicos.
 
 
 
Es por todo ello que traemos a consideración del Pleno del Ayuntamiento de Posadas los siguientes
 
 
 
ACUERDOS
 
           
  1. El Pleno de este Ayuntamiento se obliga a tener los caminos públicos de titularidad municipal, inventariados, deslindados, registrados en el Registro de la Propiedad , así como amojonados, señalizados y en perfecto estado para su uso.
  2. El Pleno de este Ayuntamiento se obliga a recuperar de oficio nuestros bienes municipales, sin acudir a un juez, en base a la legislación existente y a la multitud de sentencias que lo confirman (STS 4/7/70, 14/3/74, 13/10/81, 7/2/83, 5/12/83, 9/7/84, 18/7/86; STSJ de Extremadura 25/2/2003), así como las leyes y reglamentos que lo amparan y obligan (Art. 4.1d y 82 de la Ley de Bases de Régimen Local, art. 3.1, 44, 70 y 71 del Reglamento de Bienes, artículos 339.1 y 344 del Código Civil, artículo 74.1 del RDLRL o artículo 68 y siguientes de la Ley 4/99 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
  3. El Pleno de este Ayuntamiento se obliga a aprobar una ordenanza sobre el uso y conservación de los caminos públicos de titularidad municipal, así como a crear un patronato de caminos públicos con participación de las organizaciones sociales.
4.       El Pleno de este Ayuntamiento se obliga a hacer cumplir el Bando de apertura de todos los caminos municipales ocupados, cerrados total o parcialmente. Considerando la fecha de expedición del Bando, el cumplimiento del mismo seria de 30 días a partir de la aprobación de la presente moción.
5.       El pleno del Ayuntamiento de Posadas y su equipo de gobierno se compromete a que estos acuerdos, una vez ratificados y aprobados en pleno se lleven a cabo de forma inmediata, dando preferencia a los caminos en los que haya habido incidencias con la autoridad y que estas han llevado ante la justicia a algunos vecinos de Posadas.
6.       Para supervisar que se cumple con los anteriores acuerdos, se nombrará un instructor que será el Secretario del Ayuntamiento, también se creará una comisión de seguimiento, compuesta por el instructor, un representante de cada grupo político y de los colectivos sociales que así lo soliciten, siendo su composición de un mínimo de 6 y un máximo de 8 personas y dando prioridad a los colectivos que defienden nuestro patrimonio público. Se reunirá mensualmente y transcurridos dos años presentará al pleno de Posadas su conclusión sobre el grado de cumplimiento de los acuerdos aprobados en la siguiente moción.
 
 
Posadas a 25 de Junio.2012
 
              
Firma: Portavoces de los Grupos Municipales de PP, PSOE , IU-LV-CA  ,  PA .